HASTA 6 AÑOS DE CARCEL POR “ROLAR EL PACK” SIN AUTORIZACIÓN EN PUEBLA.

packEl Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código Penal para tipificar como delito la violación a la intimidad sexual.

Por unanimidad de votos, el Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código Penal del Estado de Puebla para tipificar como delito la violación a la intimidad sexual e imponer penas de tres hasta seis años de prisión en contra de quien con el fin de causar daño o la obtención de un beneficio, divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen de una persona desnuda, total o parcialmente, de contenido íntimo, erótico sexual por cualquier medio, ya sea impreso, grabado o digital sin el consentimiento de la víctima, o lo que se conoce comúnmente como “rolar el pack”.

La propuesta fue presentada por la diputada del Partido Encuentro Social, Nora Merino Escamilla, y también incluye una reforma al artículo 225 BIS para imponer las mismas sanciones a quien obtenga de dispositivos móviles o dispositivos de almacenamiento físico o virtual, cualquier imagen, video, textos o audios sin la autorización del titular. Con su aprobación, Puebla se pone a la vanguardia en el país al presentar una ley detallada en la materia.

Las autoridades competentes en la materia podrán solicitar al medio de comunicación o a la red social que se retire el material difundido y que el responsable sea castigado con cárcel. La modificación es la siguiente:

“En caso de que este material sin consentimiento sea difundido o compilado por medios de comunicación o plataformas digitales la autoridad competente ordenara a la empresa de prestación de redes sociales o medio de comunicación a retirar inmediatamente el contenido”.

En este caso se establece la posibilidad de incrementar hasta en dos terceras partes la sentencia en caso de que se use la violencia para obtener el material del dispositivo digital o de almacenamiento.

En caso de que esta conducta se realice con violencia, se incrementará la sanción hasta en dos terceras partes.