¿QUÉ HACER ANTE UN DESPIDO LABORAL?

DESTe encuentras ante un despedido. Puede que te lo esperaras o que no, que te hayan despedido a ti solo o haya sido colectivo, ¿Sabes cómo se debe proceder cuando se termina una relación laboral?.

¿Cuáles son los primeros pasos?

Hay tres conceptos que debes tener muy claros cuando te despiden:

1. La carta de despido: Es la carta en la que se detallan las causas del despido, puede ser objetivo, disciplinario o colectivo. La obligación del empresario es avisarte con 15 días de antelación al despido (salvo que sea un despido disciplinario); sin embargo, hay quien prefiere pagarte esos 15 días y que salgas de la empresa el mismo día que te despiden. Otra de las obligaciones es que lo hagan por escrito, mediante la carta. Lo más relevante de este documento es la fecha, que debe ser la del día que te la entregan. Memorízala bien porque los trámites que inicies después tendrán como referencia esta fecha. Es recomendable que antes de firmarla, pongas un “no conforme”. Este paso te da la posibilidad de asesorarte bien e incluso de iniciar una reclamación posterior, si piensas hacerlo. Y es la acción más recomendable, si te niegas a recibir la carta no servirá de nada.

2. El finiquito: El finiquito es la liquidación de las cuentas que tiene pendientes la empresa contigo. Si te quedan días de vacaciones por disfrutar o alguna paga pendiente (incluida la de beneficios), deben hacer el cálculo de la parte proporcional hasta la fecha y abonártelo. También te tienen que dar los días que has trabajado del mes, las horas extra si has hecho y, como hemos dicho antes, los días de preaviso (o te los dan y deben incluirlos en los días de sueldo o te los pagan aparte). Esta liquidación es obligatoria tanto si el despido es improcedente como si procede. De nuevo te aconsejamos que lo firmes con un “no conforme” que te permitirá asesorarte bien, y añade también “cantidades no recibidas” en caso de que no te paguen en el momento. Lo más probable es que te lo abonen enseguida; sin embargo, si no lo hacen, tienes hasta un año para reclamar las cantidades que deberían haberte pagado.

3. La indemnización: La indemnización no hay que confundirla con el finiquito. Solo te la darán si el despido es improcedente o bien si es un despido objetivo.

Depende de tres factores:

Tu salario, tu antigüedad en la empresa y el tipo de despido que te hayan aplicado.

Los contratos temporales tienen derecho a una indemnización si se demuestra que no se ha acabado la temporalidad, aunque esto no se puede considerar un despido. En este caso la indemnización será de entre 8 y 12 días por año trabajado.

Si el despido es objetivo, el número de días que deben pagarte por año trabajado es de 20 (con un máximo de 12 mensualidades).

Si es un despido improcedente, te abonarán 33 días por año trabajado si te contrataron después del 12 de febrero de 2012 (con un máximo de 24 mensualidades) y 45 días (con un máximo de 42 mensualidades) si lo hicieron antes de esa misma fecha.

Arreglar el papeleo

Los tres conceptos que te hemos explicado son el núcleo principal que debes tener en cuenta ante un despido; sin embargo, para terminar de tramitar el papeleo que toca, también debes estar pendiente de lo siguiente:

• Certificado de empresa. Es el documento que informa al SEPE (servicio público de empleo estatal) de que has sido despedido y la causa. Normalmente, la empresa no te lo dará a ti, pero debes estar pendiente y reclamarlo a la compañía si no les ha llegado en el SEPE porque es lo que te permite cobrar el paro.

• Demanda de conciliación. Si no estás de acuerdo con las causas del despido que alega la empresa, puedes presentar la demanda de conciliación en el plazo de 20 días hábiles desde que te despidieron. Te aconsejamos que busques asesoramiento profesional para llevar a cabo este trámite.

• Prestación por desempleo. Lo primero que debes hacer es inscribirte como demandante de empleo y, con el papel que te den, entonces presentas la solicitud, dentro de los 15 días hábiles después del último que has trabajado. Consulta las ayudas de las que dispones en este momento.

Estos son los aspectos más relevantes que conviene que tengas presente si te acaban de despedir o si sospechas que quieren hacerlo.

Lo resumimos en tres acciones principales: firma “no conforme”, revisa con cuidado las fechas de los documentos y comprueba bien todas las cantidades.