SCJN establece criterio sobre mayoría de edad y responsabilidad penal.

carcel¿Cuentan los minutos exactos para determinar si una persona tiene la edad para ser imputable?

Para declarar penalmente responsable a una persona se debe calcular su edad desde el momento exacto del nacimiento, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Dos juicios de amparo

La Primera Sala resolvió el amparo 805/2016. En el caso un hombre promovió un amparo en contra de un auto de formal prisión dictado por su participación en diversos ilícitos. Como resultado, el juez de Distrito consideró que la edad de la persona se tenía que calcular desde la hora exacta de su nacimiento, por tanto, al momento de la comisión del delito el joven aún no tenía la mayoría de edad.
Al quejoso se le concedió el amparo: en concordancia con el Código Penal del Estado de Nuevo León no se le podían imputar los delitos, ya que no había cumplido los 18 años cuando sucedieron los hechos. El Agente del Ministerio Público no estuvo de acuerdo con la resolución e interpuso un recurso de revisión.
En la sesión del 8 de marzo de 2017, la SCJN reafirmó la concesión del amparo al joven: el cálculo de la edad para determinar si una persona es imputable debe hacerse a partir del momento en que nació, sobre todo si existen elementos que lo demuestren, como el dato de la hora y minuto del nacimiento.

 

El concepto biológico

El juez de Distrito señaló que, si bien la legislación penal de Nuevo León no explica la forma en la que se debe computar la edad de los sujetos penales —si debe hacerse por días a partir de las cero horas en el día de nacimiento o a partir de la hora y minuto— este aspecto es importante para establecer si una persona es o no susceptible de responder penalmente por los delitos atribuidos.
La circunstancia implica tener en cuenta que el concepto biológico opera en toda su extensión: la edad es el tiempo transcurrido a partir del momento –hora y minuto– del nacimiento.

 

Sólo responsabilidad penal

La SCJN aclaró que este criterio sólo es aplicable en lo que refiere a la responsabilidad penal, no es posible extenderlo a otras materias en las que se establece la mayoría de edad como el punto de partida para el ejercicio de los derechos, ya que podría tener consecuencias extremas como transgredir o invalidar derechos políticos o civiles.

Fuente: Lexnal Diario